Es la autorización de viaje (y, en su caso, para tramitar pasaporte) de los menores de edad que no viajen en compañía de ambos padres.
Los menores de nacionalidad argentina requieren autorización de viaje de ambos padres para abandonar la República Argentina. Los menores de otras nacionalidades se rigen en la materia por la legislación de sus respectivos países.
En los casos de doble nacionalidad (argentina- española o argentina-italiana) es recomendable que los menores que no viajen en compañía de sus padres porten la correspondiente venia de viaje.
Los niños de naciionalidad argentina que deban tramitar pasaportes en terceros países también requerirán una venia de viaje en caso de ausencia de sus padres.
Quien emite la autorización debe presentar:
- DNI argentino o Pasaporte -si fuera extranjero-, del otorgante
- Partida de nacimiento original y fotocopia del DNI argentino de los menores en cuestión
- Datos de identidad del acompañante autorizado, en caso de haberlo.
- Datos de identidad de quien recibirá al menor en el lugar de destino (obligatorio para los menores de 14 años)
- Arancel Consular
NOTA: Debido a nuevas exigencias legales, es conveniente que quienes otorgarán venias de viaje ante Notario soliciten en el Consulado un modelo de la misma
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